La construcción de viviendas en zonas inundables está regulada en España por distintas normativas. Sin embargo, los eventos climáticos extremos, como el que ocurrió a principios de octubre, demuestran que es necesario tomar acciones preventivas pero, ¿qué se debe hacer con las viviendas en zonas inundables que ya están construidas?

Regulaciones y áreas en riesgo
Según el Ministerio para la Transición Ecológica, existen 1340 áreas que tienen riesgo potencial significativo de inundación. A su vez, organizaciones ecologistas calculan 40 mil viviendas en zonas inundables.
Aunque el Plan Hidrológico Nacional de 2001 y el Real Decreto 638 de 2016 regulen la construcción de viviendas en zonas inundables, los sucesos meteorológicos extremos como consecuencia también del cambio climático, hace que resulte difícil prever una tromba de agua tan intensa y prolongada como la que ocurrió a principio de octubre en Sant Llorenç.
Catástrofe en Sant Llorenç
La ola llegó a alcanzar hasta 5 metros de altura en algunos puntos y no dio tiempo a reaccionar a sus habitantes, sepultando casi a la mitad de la población de Sant Llorenç.
El hidrólogo Joan Estrany explicó a El periódico que este fenómeno, conocido como flash flash, se debe a la intensa y excepcional lluvia caída en la cabecera de torrentes que confluyen en el mismo punto. Convertidos más adelante en cauce fluvial, pasa por una población asentada en pleno meandro. En ese lugar, llegaron a circular 500 toneladas de agua por segundo.
Si bien había infraestructura construida luego de las inundaciones de 1989, resultó insuficiente para una lluvia de esas dimensiones.
Sant Llorenç y viviendas en zonas inundables
Un tercio de Sant Llorenç tiene viviendas en zonas inundables. Además, el entorno inmediato del torrente de Sant Llorenç está incluido en el catálogo de Áreas con Riesgo Potencial Significativo de Inundación (ARPSIs).
A la peligrosidad de la construcción de viviendas en zonas inundables, se agregan los crecientes eventos climáticos extremos e impredecibles y la erosión de los suelos como problemas añadidos y amenazas a quienes viven en estos lugares.
¿Qué hacer?
El artículo 28 del Plan Hidrológico Nacional, establece que las comunidades autónomas deben evitar que se construya en la zonas de influencia susceptibles de ser inundadas.
Asimismo, establece que deben eliminar las construcciones existentes, aunque este es un punto que genera conflicto.
Tal es el caso de Joana Garau, directora general de Recursos Hídricos de la Conselleria de Medi Ambient, que manifestó que no es factible tomar una medida “tan radical como el derribo”.
Además, afirma que desde que se elaboró el mapa de riesgos en 2016, ya se veta cualquier nueva construcción.
Por otro lado, según El país, “resultaría casi imposible derribarlas, pero sí se pueden tomar medidas para prepararlas ante lo imprevisible«.
Por ejemplo, en ciudades como Copenhague ya pusieron en marcha planes para instalar suelos permeables en previsión del aumento de las inundaciones.
Para concluir, entonces, es necesario que se cumplan las regulaciones y no se construyan viviendas en zonas inundables, a la vez que deben realizarse acciones preventivas y redes de alerta.
Fuentes: El país / El periódico
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