Ayer jueves 25 de abril, la Comisión Europea lanzó a España un ultimátum para que aplique la legislación europea de mejora de la eficiencia energética de los edificios, y que debería estar ya en vigor desde julio de 2012.
Se trata de una directiva que obliga a los Estados miembros a establecer requisitos mínimos de eficiencia energética para edificios nuevos y existentes, velar por su certificación de la eficiencia energética y exigir la inspección regular de los sistemas de calefacción y aire acondicionado.
Además de esto, exige que para 2021 todos los edificios nuevos sean de consumo de energía casi nulo.
La Comisión Europea inició en el mes de septiembre de 2012 procedimientos de infracción contra 24 Estados miembros que no le habían notificado las medidas de transposición de la directiva al ordenamiento jurídico nacional. En el caso de España, esta amonestación constituye la segunda fase del procedimiento de infracción. Otros países como Italia, Grecia, Portugal y Bulgaria fueron igualmente amonestados en enero de 2013.
España dispone de dos meses para adoptar las medidas necesarias. En caso contrario, la Comisión podría llevar el caso ante el Tribunal de Justicia de la UE.
El pasado 13 de Abril se publicó el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios (https://www.boe.es/boe/dias/2013/04/13/pdfs/BOE-A-2013-3904.pdf) parece ser que la transposición es parcial y aún queda por salir más normas al respecto. Como siempre, España incumpliendo lo estipulado por Europa, mira que nos cuesta!
El pasado 13 de Abril se publicó el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios (https://www.boe.es/boe/dias/2013/04/13/pdfs/BOE-A-2013-3904.pdf) parece ser que la transposición es parcial y aún queda por salir más normas al respecto. Como siempre, España incumpliendo lo estipulado por Europa, mira que nos cuesta!