• Saltar a la navegación principal
  • Saltar al contenido principal
Geoinnova

Consultoría y Formación en SIG, Territorio y Medio Ambiente

  • Geoinnova
    • Quiénes somos
    • Coworking
    • Alianzas Estratégicas
    • Visor de proyectos Geoinnova
  • SIG y Desarrollo
    • Plugins QGIS
    • GeoNode
    • QElectricGIS
    • Planero Web
  • Consultoría Territorial
    • Planes de Emergencia Municipales de Protección Civil
    • Planes Urbanos de Actuación Municipal – PUAM
    • Evaluación Ambiental Estratégica de planes y programas
    • Minimización de Impacto Territorial y Declaración de Situación Individualizada en suelo no urbanizable
    • Turismo sostenible
  • Consultoría Ambiental
    • Trámites de Economía Circular
    • Prevención y gestión ambiental
    • Responsabilidad social corporativa
    • Estrategia de sostenibilidad
  • Formación
    • Todos los cursos
    • Formación para empresas
    • Máster y Diplomas
    • Cursos de QGIS Online Certificados
    • Cursos de programación, desarrollo SIG y geoservicios
    • Cursos de Teledetección
    • Cursos de Giswater
    • Cursos de SIG con ArcGIS
    • Cursos de Medio Ambiente
    • Campus
  • Divulgación
    • Blog
    • Tertulia Territorio Geoinnova
    • TFMs y otro trabajos de alumnos
    • Noticias
    • Webinars
    • Geolibrería
  • Contacto
    • Soporte – Tickets
Cursos de Medio Ambiente VER CURSOS
Medio Ambiente

¿Qué es el programa de vigilancia y seguimiento ambiental?

12/11/2018 Deja un comentario

Todos los estudios de impacto ambiental deben incluir obligatoriamente un apartado específico que desarrolle un programa de vigilancia y seguimiento ambiental de acuerdo con la normativa vigente, la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental publicada en el BOE núm. 296, de 11/12/2013.

Fuente: pixabay.com

El Artículo 52 de la Ley 21/2013 se refiere al seguimiento de las declaraciones de impacto ambiental y de los informes de impacto ambiental. Al respecto, se hace hincapié en los siguientes extremos:

1. Corresponde al órgano sustantivo o a los órganos que, en su caso, designen las comunidades autónomas respecto de los proyectos que no sean de competencia estatal, el seguimiento del cumplimiento de la declaración de impacto ambiental o del informe de impacto ambiental.

La declaración de impacto ambiental o el informe de impacto ambiental podrá definir, en caso necesario, los requisitos de seguimiento para el cumplimiento de las condiciones establecidas en los mismos. A estos efectos, el promotor remitirá al órgano sustantivo, en caso de que así se haya determinado en la declaración de impacto ambiental o el informe de impacto ambiental y en los términos establecidos en las citadas resoluciones, un informe de seguimiento sobre el cumplimiento de las condiciones, o de las medidas correctoras y compensatorias establecidas en la declaración de impacto ambiental. El informe de seguimiento incluirá un listado de comprobación de las medidas previstas en el programa de vigilancia ambiental. El programa de vigilancia ambiental y el listado de comprobación se harán públicos en la sede electrónica del órgano sustantivo.

2. El órgano ambiental podrá recabar información y realizar las comprobaciones que considere necesarias para verificar el cumplimiento del condicionado de la declaración de impacto ambiental o del informe de impacto ambiental.

3. El promotor está obligado a permitir a los funcionarios que ostenten la condición de autoridad pública el acceso a las instalaciones y lugares vinculados a la ejecución del proyecto, de acuerdo con las garantías previstas en el artículo 18 de la Constitución. Asimismo, el promotor estará obligado a prestarles la colaboración necesaria para su desarrollo, facilitando cuanta información y documentación les sea requerida a tal efecto.

4. Las declaraciones de impacto ambiental y los informes de impacto ambiental de proyectos de competencia estatal, salvo los proyectos sujetos a la normativa de energía nuclear y los destinados a la producción de explosivos, podrán establecer, a propuesta del órgano sustantivo y con el acuerdo expreso de la comunidad autónoma, que el seguimiento de determinadas condiciones, medidas correctoras y compensatorias sea realizado por el órgano competente de la comunidad autónoma.

programa de vigilancia
Fuente: pixabay.com

Por su parte, el apartado 7 del Anexo VI de la Ley 21/2013 nos dice textualmente lo siguiente:

Programa de vigilancia y seguimiento ambiental.
El programa de vigilancia ambiental establecerá un sistema que garantice el cumplimiento de las indicaciones y medidas, preventivas y correctoras y compensatorias contenidas en el estudio de impacto ambiental tanto en la fase de ejecución como en la de explotación. Este programa atenderá a la vigilancia durante la fase de obras y al seguimiento durante la fase de explotación del proyecto. Los objetivos perseguidos son los siguientes:

a) Vigilancia ambiental durante la fase de obras:
– Detectar y corregir desviaciones, con relevancia ambiental, respecto a lo proyectado en el proyecto de construcción.
– Supervisar la correcta ejecución de las medidas ambientales.
– Determinar la necesidad de suprimir, modificar o introducir nuevas medidas.
– Seguimiento de la evolución de los elementos ambientales relevantes.
– Alimentar futuros estudios de impacto ambiental.

b) Seguimiento ambiental durante la fase de explotación. El estudio de impacto ambiental justificará la extensión temporal de esta fase considerando la relevancia ambiental de los efectos adversos previstos.
– Verificar la correcta evolución de las medidas aplicadas en la fase de obras.
– Seguimiento de la respuesta y evolución ambiental del entorno a la implantación de la actividad.
– Alimentar futuros estudios de impacto ambiental.

El presupuesto del proyecto incluirá la vigilancia y seguimiento ambiental, en fase de obras y fase de explotación, en apartado específico, el cual se incorporará al estudio de impacto ambiental.

programa de vigilancia
Fuente: Geoinnova Formación.

Si se desean ampliar los conocimientos sobre el tema, con el Curso de Programas de Vigilancia Ambiental, se pretende introducir al alumno en el conocimiento de estas herramientas, indispensables en toda Evaluación de Impacto Ambiental de Planes, Programas y Proyectos. Para ello se trabajará sobre la normativa ambiental de impacto a nivel nacional y se profundizará en el contexto de los Programas de Vigilancia Ambiental en la elaboración de los Estudios de Impacto Ambiental, desbrozando las partes y la metodología más utilizada en su desarrollo.

Además, se estudiarán las distintas aplicaciones y medidas a tener en cuenta, así como los indicadores ambientales más comunes para cada tipo de caso de estudio. La metodología de enseñanza incluye la elaboración de ejercicios prácticos basados en estudios reales y cuestionarios de evaluación del temario. Además a lo largo del curso, se facilitarán todo tipo de herramientas profesionales y casos de ejemplos reales de Programas de Vigilancia Ambiental para distintos tipos de proyectos y estudios.

Autor: Nico Vives.

Apúntate a nuestra newsletter semanal

"*" señala los campos obligatorios

Este campo es un campo de validación y debe quedar sin cambios.
Consentimiento*

Artículos relacionados

nuevo-reglamento-europeo-geoinnova-sostenibilidad
El nuevo Reglamento europeo de vehículos lleva la circularidad al diseño, los materiales y la trazabilidad
08/09/2026
centro-de-datos-sostenibles-en-España-geoinnova-sostenibilidad
Centros de datos sostenibles en España: los nuevos requisitos de energía, agua y renovables que plantea el Gobierno
16/09/2026
pilares-sostenibilidad-empresarial-geoinnova-ESG
Los nueve pilares de una estrategia de sostenibilidad empresarial
29/08/2026

Nico Vives Riera

Licenciado en Geografía por la Universitat de València (2005), Máster en Gestión Ambiental y Desarrollo Sostenible (2007), Diploma en Ordenación Autonómica del Territorio (2007) y Certificado en SIG aplicados al análisis y gestión de los recursos naturales (2007).

Especializado en Sistemas de Información Geográfica, Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, ha trabajado como Técnico en Medio Ambiente en la consultoría Edigma Ingeniería SLP (2007-2013) encargándose, entre otros, de la redacción de Estudios de Impacto Ambiental de diferentes temáticas (infraestructuras energéticas, urbanismo, gestión de residuos, proyectos industriales, agricultura, ganadería, etc.).

Impulsor de la consultora ambiental Geomap – Paisatgisme i Estudis Mediambientals (2014), trabaja actualmente en diversos proyectos relacionados con el paisajismo y el medio ambiente.

Interacciones con los lectores

¿Quieres comentarnos algo? Adelante! Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Geoinnova
c/ Luis Morondo Urra nº 8 Bajo A
31006 Pamplona (Navarra)
info@geoinnova.org
+34 948 117 137

Horario de atención

Lunes a Viernes - 09:00 a 14:00 y de 16:00 a 19:00.
Fines de semana y Festivos - Exclusivamente por mail.
Horario de Verano (01 de julio al 30 de agosto): De lunes a viernes de 8 a 15h.

Otras páginas de interes

  • Promociones y descuentos en formación
  • Formación bonificada FUNDAE
  • Verificador y descarga de Certificados de aprovechamiento
  • Cursos certificable por QGIS.org

Legal

  • Aviso Legal
  • Política de privacidad
  • Política de seguridad
  • Política de cookies
  • Términos y condiciones
Entidad adherida a Confianza Online Certificado de inscripción en el Registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción Logo Plazox Certificado de conformidad con el ENS

Todo el contenido publicado desde 2009 hasta 2026 en el Blog de Geoinnova por Geoinnova y colaboradores está licenciado bajo CC BY-NC-ND 4.0
Para usos específicos, contactar con Geoinnova.

© 2026 · Desarrollada por Geoinnova

Gestionar el Consentimiento de las Cookies
Utilizamos tecnologías como las cookies para almacenar y/o acceder a la información del dispositivo. Lo hacemos para mejorar la experiencia de navegación y para mostrar anuncios personalizados. El consentimiento a estas tecnologías nos permitirá procesar datos como el comportamiento de navegación o las identificaciones únicas en este sitio. No consentir o retirar el consentimiento, puede afectar negativamente a ciertas características y funciones.
Funcional Siempre activo
El almacenamiento o acceso técnico es estrictamente necesario para el propósito legítimo de permitir el uso de un servicio específico explícitamente solicitado por el abonado o usuario, o con el único propósito de llevar a cabo la transmisión de una comunicación a través de una red de comunicaciones electrónicas.
Preferencias
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para la finalidad legítima de almacenar preferencias no solicitadas por el abonado o usuario.
Estadísticas
El almacenamiento o acceso técnico que es utilizado exclusivamente con fines estadísticos. El almacenamiento o acceso técnico que es utilizado exclusivamente con fines estadísticos anónimos. Sin una requerimiento, el cumplimiento voluntario por parte de su proveedor de servicios de Internet, o los registros adicionales de un tercero, la información almacenada o recuperada sólo para este propósito no se puede utilizar para identificarlo.
Marketing
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para crear perfiles de usuario para enviar publicidad, o para rastrear al usuario en un sitio web o en varios sitios web con fines de marketing similares.
  • Administrar opciones
  • Gestionar los servicios
  • Gestionar {vendor_count} proveedores
  • Leer más sobre estos propósitos
Personalizar
  • {title}
  • {title}
  • {title}