La huella de carbono se ha incorporado como un excelente instrumento de mercado al servicio del medio ambiente. Permite, además de la comunicación de esfuerzos voluntarios (mejora de imagen corporativa), fomentar la ecoeficiencia (ahorro de costes) y la comparación de productos, servicios y procesos (benchmarking empresarial). Igualmente, es frecuente el compromiso público de grandes empresas de exigir a sus proveedores inventarios de emisiones.

En España se ha regulando el cálculo y comunicación voluntaria de la huella de carbono de organización a través de un registro público de ámbito nacional. Se trata del Real Decreto 163/2014, de 14 de marzo, por el que se crea el registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono[1]
En los países del entorno europeo se puede destacar otra iniciativa gubernamental como es la desarrollada en Francia. En este país es obligatoria, desde el 1 de octubre de 2013 la comunicación de la huella de carbono de los servicios de transporte[2]. Esta obligación afecta a las empresas españolas que trasporten con destino a Francia[3].
Como podéis ver en http://franciscovictoriajumilla.blogspot.com.es/ desde el año 2009 hemos analizado aspectos y acontecimientos de interés sobre la huella de carbono, el cambio climático y el reto de la economía baja en carbono.

La determinación o el cálculo de la huella de carbono es sencilla y es común a cualquier método. Los cálculos se basan en identificar las fuentes de emisión de GEI de la empresa u organización (huella de carbono de organización) o a lo largo del proceso si se trata de un producto o servicio.
Los gases a considerar son, los seis grupos de gases inicialmente señalados por el Protocolo de Kioto: Dióxido de carbono (CO2), Metano (CH4), Óxido nitroso (N2O), Hidrofluorocarbonos (HFC), Perfluorocarbonos (PFC), Hexafluoruro de azufre (SF6) junto con el Trifluoruro de nitrógeno (NF3) incorporado a finales de 2012.
Las emisiones de cada tipo de fuente son habitualmente calculadas a partir de datos indirectos, como son los datos de actividad como pueden ser la cantidad de combustibles de origen fósil o la energía eléctrica consumida. Los valores que permiten transformar estos datos de actividad en emisiones de gases de efecto invernadero y expresadas en carbono equivalente, son los “factores de emisión”[4].
De una forma simplificada se puede expresar mediante la siguiente ecuación:
Emisión de GEI= Datos de actividad x Factor de emisión
(Kg CO2e ) = (Kg, L, ha, Kw/h) x (Kg CO2e /cantidad)
Uno de los elementos clave es por tanto el factor de emisión, por esta razón una formación adecuada debe dar la posibilidad de conocer y aprender a buscar factores de emisión preferentemente de carácter público o avalado instituciones de prestigio. Siempre que sea posible hay que acudir a las bases de datos públicas de factores de emisión.[5].
A nivel nacional se debe consultar la relación de factores de emisión establecida por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. A nivel internacional son de interés las Guías IPCC. Entre los trabajos sobre factores de emisión elaborados por la propia administración ambiental, son de interés los desarrollados por la Oficina Catalana de Cambio Climático o los que existen en países como Francia (Bilan Carbone) y el Reino Unido (Ministerio de Medio Ambiente DEFRA).
La formación para el cálculo de la Huella de Carbono basada en el suministro de una calculadora que ya incorpora factores de emisión, en muchos casos de dudosa representatividad, resta al alumno la posibilidad de formarse en la búsqueda de factores de emisión, que es un apartado clave dentro del cálculo de la huella de carbono.
Referencias:
- [1] «BOE» núm. 77, de 29 de marzo de 2014, páginas 27437 a 27452 (16 págs.) https://www.boe.es/boe/dias/2014/03/29/pdfs/BOE-A-2014-3379.pdf
- [2] Décret no 2011-1336 du 24 octobre 2011 relatif à l’information sur la quantité de dioxyde de carbone émise à l’occasion d’une prestation de transport
- [3] El ámbito de aplicación y objetivo de la información sobre el CO2 es obligatorio para todos los servicios de transporte que tengan su origen o destino en Francia. No tendrán que producir la información del consumo de CO2 los servicios de transporte en tránsito internacional que sólo repostan o arreglan el vehículo en Francia, sin cargar o descargar. En el caso de transporte de mercancías, el plazo para presentar el informe de huella de carbono se puede acordar entre transportista y su cliente a fin de permitir una información más precisa después del transporte, de lo contrario se requiere que se suministre la información a más tardar en dos meses, después de la realización del servicio.
- [4] En la gran mayoría de los casos, es impensable, por el elevado coste y el tiempo necesario, medir directamente las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) que produce una acción concreta. Por ejemplo, habría que instalar medidores en continuo en las chimeneas y demás focos de emisión como los tubos de escape, y en el caso de las actividades ganaderas los animales tendrían que estar en recintos cerrados. Por lo tanto, la única manera de estimarlas es calcularlas a partir de datos indirectos, como son los datos de actividad (número de vehículos utilizados, capacidad y distancia recorrida, cantidad de toneladas de materiales adquiridas, número de animales en la granja). Los valores que permiten transformar estos datos de actividad, que si son fácilmente medibles y demostrables, en emisiones de gases de efecto invernadero, expresadas en carbono equivalente, se denominan “factores de emisión”.
- [5] VICTORIA JUMILLA, F.: “La huella de carbono”, en jornadas sobre “Sostenibilidad en la Industria Alimentaria” Fundación Pascual y Universidad de Burgos, 2011.
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