La reducción de la huella de carbono de las empresas pasa de voluntaria a obligatoria tras la Disposición Final Duodécima de la Ley 7/2021 de Cambio Climático y Transición Energética.
Actualmente, en España existe normativa sobre la huella de carbono de organización, regulando el cálculo y comunicación voluntaria a través de un registro público de ámbito nacional.
Se trata del Real Decreto 163/2014, de 14 de marzo, por el que se crea el registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono.
Este registro nacional, era de carácter voluntario para todas las empresas u organizaciones que calculen su huella de carbono corporativa o de organización.
Después de la nueva Disposición Final pasarán a ser obligatorias según al sector al que pertenezcan, pero antes vamos a hablar un poco de la situación actual en España.
¿Cómo se distribuyen las emisiones en España?
Las emisiones del conjunto de factorías obligadas a participar en el comercio de derechos de emisión representan algo menos del 40% de las emisiones del conjunto de la economía española.
El otro 60% corresponde a los llamados sectores difusos (resto de instalaciones industriales, transporte, agricultura, ganadería, construcción, etc.).
La propuesta de modificación del Reglamento de Reparto de Esfuerzos presentada por la Presidenta de la Comisión Europea el 14 de julio de 2021, en el marco de llamado paquete legislativo “Objetivo 55”(“fit for 55”) asigna a España un objetivo de reducción (para el conjunto de los sectores difusos como país) del 37,7% en 2030, respecto a 2005. Lo cual se incrementa del 26% actual al previsto de 37,7%.
Impulsar la contabilidad de carbono entre las empresas y demás organizaciones del sector difuso y la consiguiente reducción y/o compensación de las emisiones, es de gran interés para el cumplimiento de los objetivos de reducción asignados como país.
Este impulso se puede promover, lógicamente, de forma voluntaria o estableciéndolo con carácter obligatorio y dependerá de lo dictado en la Disposición Final Duodécima de la Ley 7/2021 de Cambio Climático y Transición Energética.
¿Para qué empresas será obligatoria la reducción de huella de carbono?
Intentar la promoción de la reducción y/o compensación de emisiones de forma voluntaria fue uno de los grandes objetivos que llevaron a poner en marcha el comentado registro público de ámbito nacional para todas las empresas y organizaciones que quisieran comunicar su huella de carbono corporativa o de organización.
Tras la Disposición Final Duodécima de la Ley 7/2021 de Cambio Climático y Transición Energética, pasará a ser de carácter obligatorio para un buen número de empresas.
El Gobierno señala que en el plazo de un año establecerá la tipología de empresas que deberán calcular y publicar su huella de carbono y un plan de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero.
Las empresas que resulten obligadas al cálculo de su huella de carbono, deberán elaborar y publicar un plan de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero con un objetivo cuantificado de reducción en un horizonte temporal de cinco años, junto con las medidas para su consecución.
Oportunidades profesionales en el sector de la reducción de emisiones y cálculo de huella de carbono
Esta próxima transformación de que la comunicación de la huella de carbono empresarial pasa a ser de voluntaria a obligatoria es una clara señal de la necesidad de formar profesionales en esta materia.
En algunas comunidades autónomas se ha establecido con carácter obligatorio.
Por ejemplo, en Andalucía, la Junta de Andalucía en su Ley 8/2018 de medidas frente al cambio climático, recoge las obligaciones en relación con la huella de carbono y su comunicación que afectaran a un buen número de empresas (Sistema Andaluz de Emisiones Registradas).
La más reciente en unirse a sido Baleares. El Decreto 48/2021 de 13 de diciembre, regulador del Registro balear de huella de carbono establece que la inscripción de la huella de carbono será obligatoria para las grandes y medianas empresas que desarrollen total o parcialmente su actividad en la comunidad, la administración autonómica de las islas y el sector público instrumental.
Por otro lado, la Ley 11/2018, en materia de información no financiera y diversidad, exige anualmente a determinadas organizaciones (grandes empresas) información no financiera entre ellas las emisiones de gases de efecto invernadero y planes para reducirlas.
Además, el Plan de contratación ecológica de la Administración General del Estado establece que en los contratos licitados se incluya progresivamente un criterio de adjudicación que valore la inscripción de las organizaciones en el Registro de Huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono (Real Decreto 163/2014, de 14 de marzo) o esquema similar. El plan indica que este criterio esté recogido en el 15% de las licitaciones actuales, en el 30% de las licitaciones de 2022 y en 2025, en el 50% de los contratos licitados.
Al margen de estas referencias anteriores aplicables a las actividades y organizaciones en funcionamiento, en el ámbito de los proyectos y los planes también se exige la huella de carbono.
El cálculo de la huella de carbono forma parte de la información que se ha de suministrar obligatoriamente para la evaluación ambiental de aquellos planes y proyectos que han de someterse al procedimiento de evaluación ambiental para poder ser autorizados (exigido por Directivas europeas y Ley española de 21/2013 de evaluación ambiental).
Esto está representado en la economía española por una media de 100-150 nuevos planes y proyectos obligados al procedimiento de evaluación ambiental por cada millón de habitantes cada año.
Por tanto si estás pensando en especializarte en el sector de la huella de carbono y el cambio climático, es un buen momento.
¿Cuál es la situación actual de la huella de carbono al margen de la obligatoriedad legal?
Al margen de la obligatoriedad legal, existen otras muchas señales que conforman un marco en el que el cambio climático y la descarbonización es un claro factor de competitividad y marca una clara dirección, la de la reducción o compensación de emisiones hasta las emisiones netas cero.
Esta dirección de la que hablamos, podemos ver como queda señalada por ejemplo en la Estrategia de descarbonización a largo plazo:
“La transición hacia la neutralidad climática requiere un cambio profundo en la cultura del uso de la energía en España, con implicaciones en el acceso a la información, la sensibilización social, la educación básica y la formación técnica y profesional. España solo estará entre los países europeos líderes de la transición energética global si cuenta con capital humano cualificado para la tarea”.
El último Eurobarometro dedicado al cambio climático publicado en julio de 2021 señala cómo una gran mayoría de los encuestados, 95% en España (por encima del 92% de media de la UE), apoya el objetivo de una UE climáticamente neutra para 2050.
Este incremento de la conciencia del ciudadano y consumidor es traducido inmediatamente por los mercados.
Para las empresas es otra clara señal que convierte al cambio climático en un factor de competitividad. Este es el caso de los proveedores de las multinacionales y grandes empresas. A medida que las empresas multinacionales comienzan a hacer la transición a cero neto, se incrementa la presión para que sus proveedores hagan un esfuerzo en reducción de emisiones.
Algunas comunidades autónomas, y de forma complementaria a la política del Ministerio iniciada con el Real Decreto 163/2014, están impulsando mediante acuerdos voluntarios la neutralidad climática en el ámbito empresarial, este es el caso de la Región de Murcia.
En Murcia se ha establecido un acuerdo voluntario para alcanzar la neutralidad climática en el ámbito empresarial, publicado en el Boletín Oficial de La Región de 2 de julio de 2021, para que las empresas inicien el camino hacia la reducción de la huella de carbono y la neutralidad climática.
Finalmente y por las razones anteriores, la huella de carbono como instrumento para la transición hacia la neutralidad climática resiliente y circular, se convierte en un elemento diferenciador con una valoración creciente en los entornos sociales y en los mercados.
Competir con seguridad en el futuro va a exigir calcular y comunicar la huella de carbono y los planes de reducción de emisiones y las estrategias para alcanzar la neutralidad climática o emisiones netas cero.
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