La energía es sus distintas formas, es un recurso indispensable para el desarrollo de la vida tal y como la conocemos, ya que es necesaria para satisfacer múltiples necesidades básicas que van, desde la fabricación y transportes de bienes y servicios como por ejemplo los alimentos, hasta el suministro de agua potable e iluminación en nuestros hogares.
El aumento de la población y el desarrollo industrial y tecnológico ha llevado a un mayor consumo de recursos energéticos pero, no necesariamente, de la forma más eficiente, por lo que se desperdician enormes cantidades de energía que podrían ser aprovechadas para otros fines, al tiempo que se afecta negativamente al ambiente, por tal motivo, y ante la escasez y costos cada vez mayores de estos recursos a nivel mundial, se hace imprescindible tomar medidas que apunten a la conservación y uso ecoeficiente de la energía .
Una auditoría energética es una herramienta de gestión que puede contribuir a la mejora de la eficiencia energética y medioambiental de un edificio o grupo de edificios, industria, productos/servicios o transporte, mediante el análisis del balance energético del sistema evaluado, que hace posible la detección de oportunidades de mejora para proponer medidas concretas que apunten a la optimización de la demanda, mitigación del impacto medioambiental y reducción de costes.
Según la Norma UNE-EN 16247:2012 el flujo de realización de la auditoría energética se puede esquematizar de la siguiente forma:

El 14 de Febrero de 2016 en España entra en vigor el Real Decreto 56/20160, sobre auditorías energéticas, por el cual se obliga a grandes sociedades y empresas con más de 250 trabajadores a la realización de auditorías energéticas o la implantación de un sistema de gestión energética mediante la ISO 50001.

“La finalidad de este real decreto será el impulso y la promoción de un conjunto de actuaciones a realizar dentro de los procesos de consumo energético que puedan contribuir al ahorro y la eficiencia de la energía primaria consumida, así como a optimizar la demanda energética de la instalación, equipos o sistemas consumidores de energía, además de disponer de un número suficiente de profesionales competentes y fiables a fin de asegurar la aplicación efectiva y oportuna de la citada Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012. En este sentido se trata también de profundizar en el desarrollo del mercado de los servicios energéticos a fin de asegurar la disponibilidad tanto de la demanda como de la oferta de dichos servicios”.
La primera auditoría energética deberán realizarla en el plazo de nueve meses, tras la entrada en vigor del decreto, esto es, y considerando la fecha de publicación del Real Decreto 56/2016, el 14 de noviembre de 2016. Esta auditoría energética deberá realizarse cada cuatro años a partir de la fecha de la auditoría anterior, y deben ser conducidas por personal técnico especializado y acreditado.
Autor: Marcel Rodriguez.
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