En 2003, a 4 km del pueblo de Carboneras (Almería) se comenzó a edificar en la playa del Algarróbico lo que pretendía convertirse en el hotel “El Algarróbico”. Un hotel de 21 plantas ubicado en el Parque Natural Cabo de Gata-Nijar a tan sólo 14 metros de la orilla del mar.
Esta construcción generó mucha polémica y provocó la activa movilización de numerosas organizaciones y asociaciones ecologistas. Las razones de tan fuerte oposición eran debidas a la ilegalidad de la obra proyectada en base a la Ley de Costas de 1988, vigente en aquella época. El proyecto tampoco respetaba la figura de protección de Parque Natural que posee el entorno.

Organizaciones ecologistas como Greenpeace, llevan denunciando y luchando desde 2005 por la demolición del sobredimensionado hotel. Estas organizaciones basaban sus denuncias en el gran valor ecológico, geológico, histórico y antropológico que contiene este entorno natural y cuyos derechos de conservación estaban siendo vulnerados.
Tras más de 10 años desde que se denunció la construcción del hotel, y después de numerosas discrepancias por parte de los jueces del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), acerca de si el suelo era urbanizable o no, el Tribunal Supremo ha sentenciado que el hotel “El Algarróbico” se edificó en una zona de regulación común categorizada como C1 (área no urbanizable, sino de cultivos agrícolas), y no a una zona D, áreas excluidas de zonificación ambiental (urbanizable, exentas de protección ambiental), como se afirmaba en una primera instancia.
El abogado encargado del caso, por parte de las asociaciones ecologistas, José Ignacio Domínguez, pone en cuestión el tiempo en que va tardar la demolición del hotel, puesto que hay numerosos recursos y agentes implicados en el caso, y el Supremo está exento de ese asunto. La administración de Medio Ambiente de Andalucía aseguró que estaban estudiando la forma de derribar El Algarróbico para devolver el área dañada a su estado natural, afirmaba José Fiscal consejero de Medio Ambiente de Andalucía.
Reformas como La Ley de Costas de 1988 (Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas) por la nueva Ley de Costas del 2013 (Ley 2/2013, de 29 de mayo, de protección y uso sostenible del litoral y de modificación), que modifica, entre muchas otras cosas, la zona de servidumbre de 100 a 20 metros, pone de manifiesto la vulnerabilidad que sufren actualmente las costas españolas, especialmente el litoral Mediterráneo, con la permisión de políticas que favorecen la construcción masiva y la desprotección de ecosistemas costeros que albergan gran valor ecológico y ambiental.
Fuente: EP.
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